Micelio
Auto10 de febrero de 2021

A- de 2021

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto Entre Jurisdicciones-Elemento Subjetivo-Ausencia De Pronunciamiento De La Jurisdicción Especial Para La Paz En Proceso Penal.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Octavo Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ibagué y la Jurisdicción Especial para la Paz.

En el precitado juzgado se llevó a cabo una audiencia de formulación de imputación en contra de un ciudadano señalado de ser responsable del delito de homicidio agravado.

Durante el curso de dicha diligencia, la defensa del procesado solicitó que se enviara el expediente a la JEP por ser la autoridad que, en su concepto, debería conocer y definir la situación jurídica de su poderdante.

En la misma diligencia, el operador jurídico decidió continuar con la audiencia y, posteriormente, enviar la actuación a la Corte Constitucional, por impugnación de competencia que hizo la defensora del caso.

Luego de revisar el asunto encontró la Sala Plena de la Corporación que no están dados los presupuestos para que se configure una colisión de competencia entre jurisdicciones y que el conflicto es inexistente, pues no se acreditó controversia alguna entre autoridades judiciales.

Concluyó la Sala Plena de la Corporación que, ante la ausencia de pronunciamiento de la JEP, lo pertinente es proferir una decisión INHIBITORIA para garantizar que la Corte se limite a decidir los asuntos que corresponden verdaderamente al ámbito de su competencia

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-0064 al Juzgado
  3. Octavo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ibagué, para lo de su competencia.
  4. Tercero. ORDENAR al Juzgado
  5. Octavo. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Ibagué que comunique la presente providencia a las partes e intervinientes, dentro del proceso penal seguido en contra del señor Geovanny Antonio Escobar Valencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.